Consideraciones generales
La Seguridad Social vela por la
salud de todos los habitantes del estado español en caso de enfermedad,
maternidad, invalidez, accidentes de trabajo o enfermedades
profesionales. Todos los españoles y residentes en el estado español
tienen derecho a recibir atención de la Seguridad Social, así como
también los familiares o asimilados que estén a su cargo.
Tesorería General de la Seguridad Social
Tel.: (+34) 901 50 20 50
www.seg-social.es
Remuneraciones salariales y extrasalariales
Desde el punto de vista legal, se considera que salario es la totalidad
de las percepciones económicas de los trabajadores -tanto si se cobran
en especie como en dinero- correspondientes a la prestación profesional
de los servicios laborales que retribuyen el trabajo efectivo o los
períodos de descanso computables como de trabajo. Las remuneraciones en
especie tienen un límite regulado por la legislación laboral española
respecto a las percepciones salariales recibidas por el trabajador. El
salario base es la retribución del trabajador fijada por unidad de
tiempo u obra sin tener en cuenta ninguna otra circunstancia. Los
complementos salariales pueden ser de cinco tipos:
- Personales:
son los complementos que se derivan de las condiciones personales de
cada trabajador y que no son valorados en el momento en el que se fija
el salario base, como es el caso de los títulos académicos, el
conocimiento de idiomas u otros conocimientos especiales.
- De
lugar de trabajo: es un complemento de tipo funcional que va ligado
directamente a la actividad profesional, como el riesgo de toxicidad,
la peligrosidad, la suciedad, la nocturnidad o los turnos, entre otros.
- Por
calidad o cantidad de trabajo: son complementos que el trabajador
recibe a consecuencia de una mejora cualitativa o cuantitativa de su
trabajo, representada por pluses de actividad, asistencia o asiduidad,
horas extraordinarias, etcétera.
- De vencimiento periódico
superior al mes: son las percepciones que tienen una periodicidad
superior al mes, como las pagas extraordinarias o la participación de
beneficios, entre otros.
- En especie: son las
remuneraciones que el trabajador recibe en forma de bienes no
monetarios, como es el caso de la manutención, el alojamiento, etcétera.
Las
remuneraciones extrasalariales son compensaciones económicas que el
trabajador recibe por los gastos que se originan en el desarrollo de la
actividad laboral, como por ejemplo los gastos anticipados por la
ejecución del trabajo, la adquisición de prendas de vestir, el uso de
medios de locomoción, los desplazamientos, etcétera.
Contratos de trabajo
El Ministerio de Trabajo se encarga de fijar las categorías laborales,
los salarios mínimos y los importes correspondientes a los gastos
profesionales (transportes, dietas, etcétera).
Los
contratos de trabajo son, por ley, indefinidos (aunque también existen
contratos de duración determinada, como los eventuales, de obra,
prácticas, formación y sustitución). En el contrato debe quedar
reflejado el importe de la remuneración. El trabajador recibe una copia
del contrato firmado por las dos partes y en ella deben figurar la
duración concreta del contrato y la descripción del trabajo que le
corresponde realizar.
El convenio colectivo es la regulación del
derecho laboral de una empresa. Las grandes
empresas del sector -como las cadenas de televisión- tienen un convenio colectivo propio.
Hay otros colectivos del sector que también disponen de un convenio
colectivo, como los intérpretes y técnicos cinematográficos y el sector
de la publicidad. El resto de los trabajadores de la industria
audiovisual se regula por el Estatuto de los Trabajadores, que es la
normativa vigente.
Salud y seguridad en los rodajes
En los rodajes, las
empresas productoras con trabajadores deben cumplir unas normas de
seguridad e higiene obligatorias. Las mutuas de trabajadores se
encargan de supervisar el cumplimiento de esta normativa. La Ley
31/1995, del 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, es la
norma legal por la que se determina el cuerpo básico de garantías y
responsabilidades preciso para establecer un adecuado nivel de
protección de la salud de los trabajadores frente a los riesgos
derivados de las condiciones de trabajo, en el marco de una política
coherente, coordinada y eficaz.
Contratación de menores de edad
El derecho laboral español trata de una manera especial la contratación
de menores de dieciséis años para espectáculos públicos. Para contratar
a un menor se exige el envío de una autorización firmada por ambos
progenitores o de los responsables legales, DNI y alta en la Seguridad
Social del niño/a a un inspector de la Dirección general de Trabajo, quien evalúa las
condiciones de trabajo. Se debe tener en cuenta el papel que hace el
menor, su estado de salud, las condiciones de trabajo (la atmósfera, la
remuneración, el tiempo de reposo, la higiene y la seguridad), la falta
de asistencia a la escuela, la supervisión de los progenitores durante
el rodaje, etcétera. Esta solicitud se debe presentar con un mínimo de
dos semanas de antelación.